1. CIRCULAR Nº. 2 . 1 5 7 Madrid, 25 de noviembre 201 6 ASUNTO : BÉLGICA . LÍMITES DE VELOCIDAD PARA TRANSPORTE DE MERCANCÍAS MERCANCÍAS (en km/h) En á reas u r banizadas A = carreteras de cualquier uso Fuera de las áreas urbanizadas B = carreteras de cualquier uso C = carreteras de cómo mínimo 2x2 carriles separados por marcas en el asfalto D = autopistas ; carreteras de cómo mínimo 2x2 carriles separados por mediana A B C D Mercancías 7.5t 50 90 * 90 * 90 Camiones 7.5t 50 6 0 90 * 90 Vehículos articulados 7 .5t 50 6 0 9 0 * 90 Trenes carretera 7.5t 50 60 9 0 * 9 0 Velocidad mínima 70 Mercancías peligrosas 7.5t 50 6 0 9 0 * 90 Mercancías clase 1 40 60 70 85 * 70 km/h en Flandes desde el 1 de enero de 2017 Príncipe de Vergara , 7 4 E dificio CEOE - 2800 6 MADRID Tlf.: 91 451 48 01 / 07 – Fax: 91 395 28 23 E - mail: astic@astic.net Nota: Prohibida la edición, distribución y puesta en red, total o parcial, de esta información sin la autorización de A.S.T.I.C.
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